Acción Ecológica alerta EL REGLAMENTO AL CÓDIGO AMBIENTAL: UN NUEVO INTENTO DE LEGALIZAR LOS TRANSGÉNICOS EN EL ECUADOR

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Jue Mayo 23 06:56:02 PDT 2019


Acción Ecológica alerta
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*EL REGLAMENTO AL CÓDIGO AMBIENTAL
UN NUEVO INTENTO DE LEGALIZAR LOS TRANSGÉNICOS EN EL ECUADOR*

A través de la reglamentación del Código Ambiental (RCOA), emitido el
día 22 de mayo, el gobierno del Ecuador viola la prohibición
constitucional al ingreso de transgénicos al país (consagrada en el
artículo 401 de la Constitución).

En lugar de prohibir, y establecer sanciones para quienes produzcan,
desarrollen o comercialicen transgénicos en el país, se norma su
ingreso, usando como única herramienta a la evaluación de riesgos. La
evaluación de riesgo ha sido utilizada en la aprobación de semillas
transgénicas en todos los países donde existen millones de hectáreas,
cubiertas con este tipo de cultivos, donde se han generando impactos muy
graves en la salud y la naturaleza.

Este reglamento es regresivo en términos de derechos, ya que entre los
derechos ambientales consagrados en la Constitución del Ecuador se
prohíbe "el desarrollo, producción, tenencia, comercialización,
importación, transporte, almacenamiento y uso de organismos
genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que
atenten contra la soberanía alimentaria y los ecosistemas" (artículo 15).

Además, como parte del reconocimiento de los derechos de la naturaleza,
la Constitución prohíbe la introducción de organismos y material
orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el
patrimonio genético nacional (artículo 73). También debemos recordar que
nuestra Constitución dice que "Será inconstitucional cualquier acción u
omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule
injustificadamente el ejercicio de los derechos" (artículo 11. 8)

No cabe reglamentar algo que está prohibido en nuestro país. Haciendo
caso omiso a esta prohibición y a los derechos mencionados en los
párrafos anteriores, el RCOA facilita el ingreso de transgénicos al
país. El reglamento señala como requisito para realizar actividades con
“organismos genéticamente modificados resultantes de la biotecnología
moderna” (que es el nombre que se da a los transgénicos en este
reglamento) “presentar la documentación requerida la autoridad
competente de acuerdo a la actividad, con la finalidad de efectuar un
procedimiento transparente, científicamente competente, caso por caso y
paso a paso (artículo 231 del RCOA).

Esta normativa es emitida cuando aumenta en varias partes del mundo, las
evidencias del fracaso de este modelo, tanto a nivel agronómico como por
los graves impactos a la salud humana que genera el paquete tecnológico
que forman parte del modelo asociado a los cultivos transgénicos.

De hecho, más de trece mil víctimas del Linfoma no Hodgkin (un tipo raro
de cáncer) están enjuiciando a Monsanto/ Bayer (empresa que ha
controlado el mercado mundial de semillas transgénicas), en cortes de
Estados Unidos, y la empresa debe pagar miles de millones de dólares a
los demandantes. Se le acusa a la empresa de haber ocultado información
sobre los riesgos de su paquete tecnológico a la salud humana. Es
irónico que ahora el Ecuador pida como requisito para que ingresen
transgénicos al país, una "evaluación de riesgos" basada en información
proporcionada por las propias empresas que han desarrollado la tecnología.

La "evaluación de riesgo" es una metodología muy cuestionada, no
solamente porque trabaja con información de la propia empresa, sino
también porque además se basa en la probabilidad de que un evento
ocurra, y la forma de determinar esa probabilidad puede ser de carácter
objetivo y subjetivo, por lo que las decisiones que se toman son de
carácter político y económico.

Debemos defender la condición del Ecuador como un país libre de
transgénicos.

Quito, 22 de mayo 2019

Màs informaciòn: ebravo en rallt.com

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