AE opina sobre la visita del vicepresidente Pence: Pence y los arbitrajes internacionales

informacion en accionecologica.org informacion en accionecologica.org
Mie Jul 4 17:56:17 PDT 2018


*ae*
*
Acción Ecológica opina**
**sobre la visita del vicepresidente Pence*


*SE IMPONEN OTRA VEZ LOS ARBITRAJES INTERNACIONALES, A PESAR DE QUE LA 
CONSTITUCIÓN LO PROHÍBE*

  Una parte consustancial de los tratados de libre comercio es el 
establecimiento de tribunales de arbitraje donde se ventilen los 
conflictos entre estados y empresas, especialmente cuando éstas 
consideran que sus intereses han sido vulnerados.

  Con estos mecanismos los estados pierden soberanía jurídica y pasan a 
depender de las decisiones que terceros toman sobre casos que deberían 
ser tratados internamente. El sistema económico internacional vigente, 
diseñado a través de acuerdos comerciales multilaterales o bilaterales, 
prevé el uso de estos espacios de arbitraje como solución a disputas 
comerciales.

La industria requiere un espacio extraterritorial que pase por alto los 
derechos humanos y ambientales, y donde primen los derechos comerciales. 
En este contexto surgen los arbitrajes como un instrumento para 
garantizar las inversiones y sacar los máximos beneficios de los Estados 
del Sur global.

  Para las empresas transnacionales las conquistas en derechos humanos, 
ambientales, que son resultado de conquistas conseguidas por sindicatos, 
pueblos indígenas, defensores de la naturaleza, mujeres, entre otros, 
luego de muchos años de movilización social, criminalización y hasta el 
sacrificio de vidas humanas, son vistas como una amenaza para sus 
inversiones.

  El arbitraje es una suerte de globalización y privatización del 
sistema judicial, en el que la empresa transnacional dicta las normas. 
Es parte también de la estrategia de debilitar la soberanía jurídica de 
los estados del Sur.

En el derecho internacional existen tres ámbitos legales que hasta hace 
poco mantuvieron algo de independencia: los tratados de derechos humanos 
(incluyendo los derechos indígenas), los derechos ambientales y los 
derechos comerciales. Pero la evolución que han sufrido los acuerdos 
ambientales, los supeditó a los acuerdos comerciales.

Mientras las leyes nacionales prevén la aplicación de varios recursos 
como el de hecho, revisión, apelación o nulidad, con el fin de 
garantizar la defensa de las partes en el proceso legal, el fallo de los 
tribunales arbitrales es inapelable.

Por otra parte, no existe imparcialidad en los tribunales de arbitraje 
internacional. Éstos responden a intereses comerciales, se regulan por 
leyes de comercio y su aspiración es aplicarlas irrestrictamente, aunque 
vayan en contra de derechos irrenunciables de los estados.

El estado ecuatoriano ha enfrentado varias demandas en tribunales de 
arbitraje, incluyendo la interpuesta por Chevron a PetroEcuador y al 
Estado ecuatoriano ante la American Arbitration Association (AAA), con 
la pretensión de pasar al estado ecuatoriano la responsabilidad ante 
cualquier dictamen que resulte del juicio presentado contra la petrolera 
por campesinos e indígenas afectados por la contaminación provocada por 
ella.

Otro arbitraje fue el interpuesto por la petrolera Occidental Petroleum 
Company, amparada en el Tratado bilateral de Protección de Inversiones 
EEUU-Ecuador, de 1997. El estado decidió la caducidad del contrato con 
esta empresa en el bloque 15 por no solicitar autorización a las 
autoridades ecuatorianas para el traspaso de sus acciones a Encana. Para 
la empresa se trató de una confiscación.

Este conflicto, iniciado en 2005, se convirtió en un tema central para 
las negociaciones del TLC con ese país.

Por eso la Constitución de 2008 estableció en su artículo 422 que

/“//No se podrá celebrar tratados o instrumentos internacionales en los 
que el Estado ecuatoriano ceda jurisdicción soberana a instancias de 
arbitraje internacional, en controversias contractuales o de índole 
comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas”./

En su visita al Ecuador, el Vicepresidente Pence incluyó entre los temas 
“irritantes” que deben resolverse antes de firmar un TLC, los pagos 
determinados en laudos arbitrales a empresas de EEUU. Poco antes, el 
ministro Campana pidió a la Asamblea que interprete el artículo 422 de 
la Constitución. Cosas que asombran e indignan en tiempos de TLC.

------------ próxima parte ------------
Se ha borrado un adjunto en formato HTML...
URL: <http://lists.accionecologica.org/pipermail/boletin-accionecologica.org/attachments/20180704/00247cf2/attachment-0001.html>
------------ próxima parte ------------
A non-text attachment was scrubbed...
Name: AE Logo - copia.jpg
Type: image/jpeg
Size: 93161 bytes
Desc: no disponible
URL: <http://lists.accionecologica.org/pipermail/boletin-accionecologica.org/attachments/20180704/00247cf2/attachment-0001.jpg>


Más información sobre la lista de distribución Boletin