Acción Ecológica opina sobre el CATASTRO MINERO = CATÁSTROFE SOCIOAMBIENTAL

ACCION ECOLOGICA informacion en accionecologica.org
Lun Mayo 30 12:19:08 PDT 2016


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Acción Ecológica opina...

*CATASTRO MINERO = CATÁSTROFE SOCIOAMBIENTAL*

*APERTURA DEL CATASTRO MINERO SUPONDRÁ GRAVES DAÑOS AMBIENTALES Y *
*NUEVAS VIOLACIONES DE DERECHOS*

El pasado 23 de mayo se procedió a la apertura del “Catastro minero” (1)
para la nueva adjudicación de concesiones de áreas para efectuar
exploración geológica y el desarrollo de nuevos proyectos mineros. Este
paso forma parte de las políticas de promoción, nacional e
internacional, de la supuesta riqueza geológica de Ecuador por parte del
actual gobierno y responde a la constante demanda internacional de
minerales. Esto ha dado lugar a un proceso de expansión minera sin
precedentes en el territorio nacional.
 
Cabe recalcar que entre los principales conflictos socioambientales
ocurridos durante los últimos años en Ecuador están los acaecidos en
zonas de concesiones mineras. De hecho, muchas poblaciones locales se
oponen a la adjudicación de concesiones mineras en sus tierras y
territorios, puesto que atentan contra la agricultura, ganadería y otras
actividades económicas. Si bien el procedimiento de concesiones es
púbico, está diseñado para que solo participen el Estado y el
solicitante o postor del derecho minero, sin que las comunidades locales
estén informadas o hayan participado de manera alguna en la toma de
decisiones o a fin de hacer valer sus intereses y sus derechos.

En situaciones de sobreposición de usos y derechos, la legislación
minera le da primacía a la explotación minera; de hecho se declara a la
minería de utilidad pública y, en razón de esto, es permitido expropiar
a propietarios agrícolas u otros con el establecimiento de servidumbres
mineras. Por ejemplo, hemos sido testigos de los desalojos violentos a
la población de Tundayme, al suroriente del país, en donde se aplicaron
servidumbres mineras y se procedió a la expropiación de tierras para el
desarrollo del proyecto de cobre Mirador de la empresa china ECSA.

Las concesiones mineras en el Ecuador además han traído consigo graves
procesos de criminalización, hostigamientos y judicialización a las
personas y comunidades que se niegan a tener explotación minera cerca de
ellas y que han ejercido su legítimo derecho a la resistencia.

Las empresas mineras, en acuerdo con la banca internacional –como el
Banco Mundial-, han impuesto desde hace mucho tiempo reformas a las
normativas nacionales para garantizar las inversiones mineras, gestando
políticas que promueven la minería y haciendo caso omiso a las
necesidades reales de las comunidades y de las sociedades en general.

Son múltiples los principios y derechos reconocidos en la Constitución
del Ecuador para decretar al Ecuador un país libre de minería (2). Pero
además, gracias a las luchas sociales, el Ecuador como país pionero
promulgó, durante la Asamblea Constituyente en el año 2008, el Mandato
Constituyente Minero, el mismo que dictó la extinción “de las
concesiones mineras otorgadas al interior de áreas naturales protegidas,
bosques protectores y zonas de amortiguamiento definidas por la
autoridad ambiental, y aquellas que afecten nacimientos y fuentes de
agua”. Debido a esto, los principales proyectos mineros debieron haberse
extinguido en Ecuador, como por ejemplo el Proyecto Mirador. Sin embargo
el mandato minero fue incumplido. Este hecho fue ratificado por la
Contraloría General del Estado en su informe final de septiembre del
2013 (4). El mencionado informe de la Contraloría da cuenta también de
la afectación en fuentes de agua originada por las concesiones mineras,
actualmente en manos de transnacionales chinas, en Zamora Chinchipe y
Morona Santiago. Así, estas concesiones estarían viciadas de nulidad
absoluta.

De la misma manera, la Ley de Minería (5), fue aprobada sin el requisito
constitucional de llevar a cabo una consulta prelegislativa a las
nacionalidades indígenas. Esta ley fue además objeto de dos demandas por
inconstitucionalidad. Las reformas realizadas a la Ley de Minería (6)
también serían inconstitucionales en cuanto favorecen la realización de
actividades mineras en cualquier lugar del territorio nacional,
consagrando la violación a un principio fundamental de que “el ser
humano debe estar sobre el capital”. Además, esta reforma supone que las
actividades mineras están por encima de cualquier ordenamiento
territorial, no solo vulnerando la Constitución ecuatoriana en relación
al Sistema Nacional de Planificación, sino que viola el COOTAD (Código
Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización) y a
las funciones de los gobiernos autónomos descentralizados del país que
tienen competencias concurrentes en el ámbito de su territorialidad (7).

El mapa del nuevo Catastro Minero, elaborado por el Ministerio de
Minería y la Agencia de Regulación y Control Minero (ARCOM), abre
múltiples interrogantes sobre la ubicación de las concesiones que
provocarían daños irreversibles para el país: ¿Están las zonas
concesionadas en áreas protegidas, fuentes de agua y nacimientos,
bosques tropicales, bosques primarios, parques nacionales, bosques
protectores, páramos, territorios indígenas ancestrales, áreas de
producción campesina...? ¿Qué porcentaje de hectáreas del país se está
concesionando a estas actividades nocivas? ¿Es posible la solicitud por
parte de personas naturales o jurídicas de nuevas áreas mineras
concesionadas, sin haber llevado a cabo antes una consulta en las
poblaciones que van a ser afectadas?

Tanto el Ministerio de Minería como la ARCOM han sido instituciones
mencionadas en informes de violaciones de derechos humanos. Ejemplo de
ello ha sido los recientes desalojos forzosos efectuados en la
Cordillera del Cóndor que han dejado a decenas de familias sin casas,
sin sus tierras y sin medios para subsistir (9).  Este tipo de
violaciones, y otras, suelen ocurrir siempre pues la minería está
acompañada de un aumento de la conflictividad social, de retrocesos de
las conquistas en políticas ambientales y de despojo territorial y de
derechos.  Según la FAO los principales detonadores de la “actual fiebre
de tierras” en América Latina y El Caribe son la creciente demanda
mundial de alimentos, forraje y combustible y, en segundo lugar, la
demanda de minerales y productos madereros (10). Por demás está decir
que también la minería es causa importante del cambio climático, por la
deforestación y emisiones de CO2, y de una buena parte de la
contaminación y deterioro de la poca agua dulce que dispone la naturaleza.

También la Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce a las
actividades mineras entre las más contaminantes que existen pues son
nocivas para el medio ambiente, destruyen bosques y biodiversidad,
alteran ecosistemas, contaminan el agua, aire y tierra, afectan la salud
de las poblaciones locales, sus formas de vida y sustento y promueven
una escalada de endeudamiento externo.

Consideramos que lo actuado hasta el momento en materia minera en el
país está repleto de irregularidades y acciones presumiblemente ilegales
que vulneran derechos y dañan a la naturaleza, lo cual tendrá
consecuencias graves para el mismo Estado ecuatoriano. Además las
empresas mineras o particulares que postulen a partir de ahora a las
nuevas concesiones tendrán serios problemas para enfrentar todos los
daños que causarán y se verán enfrentadas por las poblaciones en donde
pretendan llevar a cabo estas actividades. La resistencia a las
operaciones mineras, sin duda alguna, se reactivará con esta nueva
apertura de concesiones.

Alertamos al gobierno ecuatoriano sobre la gravedad de sus acciones y de
su responsabilidad sobre la inevitable violación de los derechos humanos
y de la naturaleza, así como de la creciente conflictividad y violencia
que llegarán con la expansión minera.

Exigimos al Estado ecuatoriano revertir la decisión de esta nefasta
apertura minera y hacemos un llamado a las comunidades y pueblos del
Ecuador a expresarse ante esta nueva  arremetida en sus tierras y
territorios.

*AC**CIÓN ECOLÓGICA*
*Más información*: mineria en accionecologica.org

NOTAS:
(1) El ‘Catastro Minero’ es un registro público de las áreas mineras
concesionadas, reservadas y libres, existentes en el país en un momento
determinado. http://www.mineria.gob.ec/procesos-de-subasta-y-remate/
Ver también: “La apertura del ‘Catastro Minero’ marca una nueva época de
concesiones”.
http://www.eltelegrafo.com.ec/noticias/economia/8/la-apertura-del-catastro-minero-marca-una-nueva-epoca-de-concesiones.
23 de mayo de 2016.
(2) Derechos de la naturaleza (art. 71-74), Principios del buen vivir
(art. 275), derechos a la soberanía alimentaria (art. 281), el derecho
humano al agua (art. 12), la prelación del agua (art. 318), la
prohibición de actividades extractivas en áreas protegidas (art. 407);
otros principios son el de precaución o el de prevalencia, o, los
derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades a la consulta y al
consentimiento, entre otros.
(3) Mandato Constituyente Minero Nº6, 18 de abril de 2008.
http://www.accionecologica.org/mineria/acciones-legales/1178-mandato-costituyente-minero
(4) Informe Contraloría General del Estado, aprobado el 24 de septiembre
de 2013, http://www.contraloria.gob.ec/pdf.asp?nombredocumento=4606
(5) Ley de Minería, 29 de enero de 2009, Registro Oficial Nº 517
http://www.accionecologica.org/images/2005/mineria/documentos/leyminera/LEY_MINERA_REGISTRO_OFICIAL.doc
(6) Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Minería, 16 de julio de 2013,
Registro Oficial Nº37.
(7) Ver: http://www.accionecologica.org/mineria
(8) Mapa del Catastro Minero:
http://geo.controlminero.gob.ec:1026/geo_visor/
(9) Ecuador: desalojos ilegales y derrocamientos de viviendas en
Tundayme son un atropello a los derechos humanos
https://www.fidh.org/es/region/americas/ecuador/ecuador-desalojos-ilegales-y-derrocamientos-de-viviendas-en-tundayme
(10)
http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/247-la-fiebre-por-la-tierra-en-latinoamerica


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