Carta abierta por el tema de las fumigaciones dirigida a la Comisión de Soberanía de la Asamblea
INFO ACCION ECOLOGICA
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Vie Sep 6 11:40:25 PDT 2013
Quito, a 5 de septiembre de 2013
Señores Asambleístas
Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones
Internacionales y Seguridad Integral
Asamblea Nacional
En sus Despachos:
El sábado 24 de agosto del 2013, el Presidente de la República
anuncióque la demanda interpuesta contra Colombia en la Corte
Internacional de La Haya, por las graves afectaciones a la soberanía del
Ecuador con las aspersiones aéreas del Plan Colombia, se iba a suspender
tras llegar a un acuerdo entre las partes. Días después la Canciller
colombiana María Ángela Holguín, manifestó que se va a crear una
comisión que reduzca la distancia de protección con Ecuador de 10 a 1 km.
Quisiéramos manifestarles la preocupación de todo el campesinado de
frontera de que la reducción de esta franja, no solo disminuye la
prevención de afectaciones a sus cultivos y por lo tanto les incrementa
el riesgo y la incertidumbre, sino que esta medida va en contra de la
promesa presidencial de que "ni una gota de glifosato iba a llegar a
Ecuador", ahora al parecer se va a crear una comisión para ver si llega
o no.
El 11 de marzo del 2004 el ex-Congreso Nacional emitió la Resolución No.
R-25-132 (Ver adjunto), en la que se pedía al entonces Presidente de la
República:
1)Que se hiciera respetar una franja de 10 kms de frontera "como
garantía para evitar la contaminación transfronteriza".
2)Que se priorizaran programas de salud, ambientales y de inversión en
desarrollo en las zonas afectadas por las fumigaciones.
3)Que se gestionaran recursos para indemnizar a los campesinos afectados
por las fumigaciones de frontera "por las pérdidas de sus cultivos,
muerte de animales y daños a la salud de sus familias y contaminación de
los ríos".
El entonces Presidente de la República jamás se hizo eco de las
peticiones del Congreso, por ello la demanda interpuesta por el actual
gobierno del Presidente Rafael Correaen el 2008, daba justa medida a
estas peticiones.
De igual manera, con fecha 5 de marzo del 2004, la Defensoría del Pueblo
de Ecuador emitió la Resolución No. DAP-001-2004 (ratificada el 22 del
mismo mes) en la que se concluía:
·DECLARAR: "Que el Estado de la República de Colombia es el responsable
de los daños transfronterizos ocasionados, como ha quedado probado; en
territorio, personas y ambiente de las zonas de la frontera norte de
Ecuador"...
·EXHORTAR: "Al Señor Presidente de la República del Ecuador, para que de
forma urgente tome las medidas necesarias para prevenir e impedir la
realización de nuevas fumigaciones que afecten a la provincia de
Sucumbíos (...) y, de forma especial, se le solicita activar los
mecanismos diplomáticos para que se establezca una franja de 10
kilómetros en territorio colombiano como límite territorial para la
realización de las fumigaciones..."
·EXHORTAR: "Al Señor Presidente de la República del Ecuador, para que
disponga el inicio [de] un proceso de cuantificación de daños y
perjuicios irrogados a la salud, trabajo y medios de subsistencia y
ambientales causados a las personas afectadas por las fumigaciones..."
·EXHORTAR: "Al Señor Presidente de la República del Ecuador para que
(...) active los mecanismos internacionales para que, (...) obtenga del
Estado Colombiano la reparación de los daños causados a los ciudadanos y
ciudadanas ecuatorianos afectados por las fumigaciones".
Ante estas demandas solicitadas por ambas instituciones, el comunicado
de la Cancillería Colombiana de que "nosotros no vamos a indemnizar,
nosotros nos hemos mantenido en el transcurso de estos cuatro años de
proceso en que el glifosato no produce ningún daño, por lo que no hay
que indemnizar", pareciera significar que el Acuerdo que está por
firmarse significaría un nuevo caso en la historia de Ecuador de
liberación de responsabilidades.
Dado que otros gobiernos ya hicieron lo mismo en el caso de la Texaco y
la justicia ecuatoriana acabó reconociendo daños por valor de 19.000
millones de dólares, trece años después, solicitamos de ustedes, como
Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y
Seguridad Integral, que: 1) soliciten al Presidente de la República los
términos en los que se estaría negociando el Acuerdo entre ambos países,
2) su valoración en la medida de que sea cual fuere éste, deba incluir
las mayores medidas de prevención para el campesinado ecuatoriano (una
franja no inferior a los 10 kms como solicitaron ambas resoluciones) y,
3) de no ser el caso, se solicite su inclusión irrestricta en el Acuerdo
o volver a la acción judicial en la Corte Internacional de La Haya.
En espera de unarápidarespuesta ante el anuncio inminente de la firma
del Acuerdo, nos despedimos
Atentamente,
En representación del Comité Interinstitucional contra las Fumigaciones,
Lina Cahuasquí
FIAN Ecuador
·Comisión Ecuménica de Derechos Humanos, CEDHU
·FIAN Ecuador
·Clínica Ambiental
·Servicio Paz y Justicia Ecuador, SERPAJ-E
·Acción Ecológica
·Colectivo PRODH
·Centro de Documentación en Derechos Humanos Segundo Montes Mozo, CSMM
Los términos de la demanda están disponibles en internet en:
http://www.youtube.com/watch?v=Ej_cgtFnTAI
Las manifestaciones de asambleístas antes de anunciarse siquiera el
mencionado acuerdo apuntaban a hacer caer la demanda antes de su vista
oral:
http://www.semana.com/nacion/articulo/advierten-nueva-derrota-diplomatica-la-haya/337431-3
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