<html>
<head>
<meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=UTF-8">
</head>
<body>
<div align="left">Acción Ecológica opina<br>
</div>
<p align="center"><b><img moz-do-not-send="false"
src="cid:part1.4Yax0H8W.eIYKYitH@accionecologica.org" alt=""
width="61" height="70"><br>
</b></p>
<p align="center"><b>GRAVES IRREGULARIDADES EN EL PROYECTO
INMOBILIARIO BOTANIQO</b><br>
</p>
<p>A partir de hechos consumados, la Estación de Transferencia de
Cumbayá cuenta con autorización del Municipio de Quito y ya se
encuentra en etapa de construcción Botaniqo, en el proyecto urbano
arquitectónico Tomoraguadua. De esta manera, se daría legalidad a
las ilegalidades e inobservancias cometidas en el proceso de
aprobación del mismo.<br>
<br>
Parte de este proceso son autorizaciones; informes; procedimientos
y actuaciones de varias secretarías municipales involucradas, la
Administración Zonal de Tumbaco, la Procuraduría Municipal, la
Empresa de Municipal de Obras Públicas, la Empresa Municipal de
Agua Potable y Saneamiento, la Entidad Colaboradora, el Concejo
Municipal y los Alcaldes. En todo ello se evidencian
inconsistencias, inobservancia de la ley, arbitrariedades,
resoluciones sin aprobación del Concejo, aprobación de
edificabilidad por sobre lo establecido en el PUOS (Plan de Uso y
Aprobación del Suelo) vigente, informes que han inducido a error
al Concejo.<br>
<br>
Sin estudios del Municipio y de sectores independientes, los
informes aprobados se basan exclusivamente en aquellos presentados
por el promotor inmobiliario. No se toman en cuenta los informes
de la Secretaría de Ambiente sobre impactos y permisos
ambientales. Que se suma a la poca transparencia en información,
ausencia de participación ciudadana, conflicto de intereses y alto
riesgo a la salud y en movilidad.<br>
<br>
Las inconsistencias inician con dos resoluciones que no contaron
con el conocimiento y aprobación del Concejo Metropolitano, pero
fueron claves cuando se aprobó el cambio de zonificación del
predio en el que se construyen estos proyectos: <br>
<br>
la resolución administrativa STHV-031-2019 (del 6 septiembre
de 2019) con la que la Secretaría de Territorio Habitat y Vivienda
expide la norma técnica para determinar la asignación de uso de
suelo de los lotes con zonificación de promoción (ZC) mediante
Proyectos Urbanos Arquitectónicos (PUA).<br>
El 31 de agosto de 2021, esta es modificada con otra
resolución, la STHV-2020-054 que excluye áreas de protección
ecologica y patrimoniales para el cálculo de la zonificación.<br>
<br>
Con base en estas dos resoluciones ingresa el PUA Tomoraguadua. Y
mediante Resolución C021-2021 (del 9 de marzo de 2021) el Concejo
aprueba el cambio de zonificación y la Estación de Transferencia
Intermodal de Cumbayá en dicho predio.<br>
<br>
Con el transcurso del tiempo, el predio TOMORAGUADUA, en que se
desarrollarán los dos proyectos, va cambiando de forma, se
fracciona, se unifica con otro, pero los convenios, informes y
solicitudes presentadas se basan en el predio original. Uno es el
predio que aprueba el Concejo Municipal y otro el que obtiene el
permiso de construcción.<br>
<br>
El fraccionamiento del predio viola la normativa ambiental en
cuanto a la necesidad de presentar un estudio de impacto ambiental
y realizar una Consulta a la comunidad. Además, evita presentar
los impactos de movilidad de un modo integral, al igual que los
impactos ambientales, y multiplica el riesgo. En los informes
municipales se hace referencia a Botaniqo2, y en los planos hasta
Botániqo3, lo que influido en los análisis de las diferentes
secretarías, puesto que se les ha presentado en fragmentos el
mismo proyecto. Todo esto tiene como consecuencia que los impactos
ambientales y en movilidad, las descargas, se multiplican por
cuatro, si se considera que a las tres etapas de Botániqo se suma
la Estación de Transferencia de Cumbayá, proyectos que en realidad
son indivisibles y que en conjunto cubren más de 40.000 m2 de
construcción.<br>
<br>
Informes de la Entidad Colaboradora señalan que solo aprueba
proyectos arquitectónicos que cumplan la norma pero resulta que no
verificaron que en este caso eso se cumpla. Parece que el
municipio al delegar a entidades colaboradoras la aprobación de
planos también ha delegado su responsabilidad.<br>
<br>
En el presente caso, la Licencia Metropolitana Urbanística
(LMU–20) fue otorgada de forma indebida por la Administración
Zonal de Tumbaco, siguiendo un trámite de aprobación que no
corresponde a este tipo y escala de proyectos, por lo que actuó
fuera del marco de sus competencias legales e institucionales y se
arrogó funciones que no le competen. Esto se puede comprobar en
varios oficios emitidos por la Secretaría de Territorio, en los
que se indica que el trámite correspondiente es categorizado como
especial, citando el Código Municipal.<br>
<br>
El 2 de febrero de 2022, tres semanas antes de emitir la LMU 20,
la Administración Zonal Tumbaco solicita un informe a la
Secretaría de Ambiente. En el Informe Técnico, se concluye de
forma categórica que el proyecto no cuenta con permisos
ambientales válidos.<br>
<br>
A pesar de estas alertas, la Administración Zonal de Tumbaco
otorga la LMU 20 al proyecto BOTANIQO, inobservando la normativa
ambiental y atentando, de esta forma, contra los derechos de la
naturaleza, el buen vivir, un ambiente sano, el derecho a la
ciudad y otros consagrados en la Constitución del Ecuador.<br>
<br>
Por otra parte, se puede evidenciar que el proponente y
funcionarios municipales omiten mencionar que según establece la
normativa, se trata de un PROYECTO URBANO ARQUITECTÓNICO ESPECIAL
(PUAE), pero se refieren a este como un simple Proyecto Urbano
Arquitectónico. Probablemente para crear confusión y omitir los
procedimientos mandatorios que han sido claramente establecidos en
la normativa municipal. Si es un PUA, ¿dónde esta el pago de la
concesión onerosa de derechos?<br>
<br>
Luego de la intervención del Cabildo Cívico de Quito ante el pleno
del Concejo Metropolitano, el 3 de mayo del 2022, el Alcalde de
Quito, Santiago Guarderas, iindicó que solicitaría a la
Contraloría General del Estado auditar todo el proceso de la
Estación de Transferencia de Cumbayá y el proyecto Inmobiliario
Botániqo.<br>
<br>
¿Lo hará de manera oportuna…o se recurrirá nuevamente a la lógica
de los hechos consumados?<br>
<br>
<b>ACCIÓN ECOLÓGICA</b><br>
12 de junio de 2022<br>
<br>
Recursos:<br>
<br>
- Cabildo Cívico de Quito. Presentación de Ricardo Buitrón del CCQ
ante el alcalde de Quito Santiago Guarderas: <a
moz-do-not-send="true" href="https://fb.watch/cRBRhNGUgD/"
class="moz-txt-link-freetext">https://fb.watch/cRBRhNGUgD/</a><br>
- Recurso extraordinario de revisión en contra del acto
administrativo LMU 20 Licencia Metropolitana Urbanística del
proyecto Técnico Arquitectónico Nuevo con Código LMU-20/ARQ-ORD y
Licencia no. 2022-3735017-01 emitido por la Administración Zonal
de Tumbaco representada por el Sr. Pablo Andrés Játiva y firmado
por María Gabriela Bucheli Villavicencio. <a
moz-do-not-send="true"
href="https://www.accionecologica.org/se-impugna-el-proyecto-botaniqo/"
class="moz-txt-link-freetext">https://www.accionecologica.org/se-impugna-el-proyecto-botaniqo/</a><br>
- Los edificios ecoeficientes en Quito y cómo consiguieron esa
calificación. <a moz-do-not-send="true"
href="https://www.planv.com.ec/historias/ciudades/edificios-ecoeficientes-quito-y-como-consiguieron-esa-calificacion"
class="moz-txt-link-freetext">https://www.planv.com.ec/historias/ciudades/edificios-ecoeficientes-quito-y-como-consiguieron-esa-calificacion</a><br>
</p>
</body>
</html>