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<div align="left"><font face="Helvetica, Arial, sans-serif">Acción
Ecológica Opina - Serie Subsidios #3<br>
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<b><font face="Helvetica, Arial, sans-serif">LA FLEXIBILIZACIÓN
AMBIENTAL TAMBIÉN ES UNA FORMA DE SUBSIDIO</font></b><br>
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<font face="Helvetica, Arial, sans-serif"><br>
Aunque uno de los pretextos para dictar las medidas económicas que
mantienen convulsionado al país sea eliminar el subsidio a los
combustibles fósiles, la verdadera razón es que el país pueda
cumplir con sus obligaciones adquiridas internacionalmente. Sin
embargo, estas medidas ponen en mayor riesgo, tanto el bienestar
de los ecuatorianos, como al ambiente, e inclusive incrementará
nuestras emisiones de CO2, en lugar de reducirlas.<br>
<br>
Desde el gobierno anterior, se vienen flexibilizando las
regulaciones ambientales con el argumento de atraer inversiones.
De hecho, la misma protección y la defensa del ambiente, los
territorios y la naturaleza fueron vistos como un estorbo para el
proyecto político y sus intereses económicos. Esta situación ha
continuado en el gobierno de Lenín Moreno. <br>
<br>
A través de la Ley de Fomento Productivo o el Código Orgánico
Ambiental –COA- y su Reglamento, entre otras nomas, se están
agilizando los procesos de regulación ambiental para el desarrollo
de proyectos petroleros o mineros y otros, y operativizar la
producción, por ejemplo, a través de la eliminación o
simplificación de trámites.<br>
<br>
Entre las cosas que se están eliminando está lo que el gobierno
llama <i>valoraciones subjetivas </i>que, según los empresarios,
son impedimentos a la inversión pues estarían demorando la entrega
de permisos o licencias ambientales. Lo que no se dice es que se
quiere flexibilizar los controles y requerimientos de protección
ambiental, y poner los intereses económicos sobre los derechos
ambientales y de la naturaleza. Esto en la práctica resulta en
subsidios ambientales a las corporaciones públicas y privadas. <br>
<br>
Un ejemplo claro es el otorgamiento de licencias ambientales para
proyectos, obras o actividades. Según el Reglamento del COA,
proyectos calificados como de poco impacto solo requieren de un
mero certificado ambiental y no conllevan la obligación de
regularizarse; solo se requerirán licencias para las operaciones
de mediano o alto impacto, cuando antes, como debe ser, cualquier
proyecto a ejecutarse requería de una licencia ambiental. Otro
aspecto tiene que ver con la discrecionalidad para calificar el
nivel de impacto de los proyectos; ¿cómo se incluye la opinión de
la población afectada al establecer que un proyecto tendrá poco
impacto? <br>
<br>
De múltiples maneras, los servicios ambientales y los mecanismos
de compensación de carbono y de la biodiversidad, reconocidos en
el Reglamento del COA, también son formas de subsidiar a las
empresas porque les resulta barato “compensar” sus daños
ambientales, en lugar de evitarlos; las corporaciones impunemente,
no solo se ahorran en el uso de tecnologías no contaminantes, sino
que gracias a los dones de la naturaleza pretenden compensar los
impactos causados.<br>
<br>
EL COA y su Reglamento también señalan que entre las obligaciones
que tiene el operador de un proyecto, obra y actividad, pública,
privada o mixta, está la de prevenir, evitar, reducir, los
impactos y riesgos ambientales pero: <i>en los casos que sea
posible</i>, minimizando el deber de evitarlos.<br>
<br>
Los recientes acuerdos con el Fondo Monetario Internacional (FMI)
acrecientan esta grave situación al imponer que el país se acoja a
las “ventajas comparativas” que tiene, es decir vender materias
primas y productos primarios como petróleo, minerales o madera o
productos provenientes del agronegocio como el banano, las flores,
el camarón, la pesca blanca, que son actividades de muy alto
impacto ambiental y también social. <br>
<br>
Bajo cualquier costo, el gobierno quiere explotar la naturaleza y
a los trabajadores, afectar tanto la salud de las poblaciones
aledañas por la contaminación que provocan, como las actividades
productivas y de recolección propias de las comunidades. Esto
significa que no puede haber normativa alguna que frene esta
obligación, porque la flexibilización ambiental (y laboral) es en
realidad una imposición. <br>
<br>
ACCIÓN ECOLÓGICA<br>
8 de octubre de 2019<br>
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