Acción Ecológica opina: NUEVOS INTENTOS DE VULNERAR LA CONDICIÓN DE ECUADOR LIBRE DE TRANSGÉNICOS

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Dom Ago 29 15:05:07 PDT 2021


Acción Ecológica opina
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*NUEVOS INTENTOS DE VULNERAR LA CONDICIÓN DE ECUADOR LIBRE DE TRANSGÉNICOS*

Mientras la mayoría de la humanidad aún vive severas restricciones por 
la pandemia del COVID-19, instituciones internacionales como el 
Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura -IICA (1) - 
aprovechan esta condición para la expansión del modelo de agricultura 
industrial impulsada desde mediados del siglo pasado, incluyendo la 
ampliación de la frontera de la agricultura transgénica. Los 
transgénicos u organismos genéticamente modificados (OGM), como también 
los llamados “organismos genéticamente editados”, son el producto de la 
ingeniería genética para cambiar alguna característica en los seres 
vivos. La mayoría de OGM existentes son resistentes a herbicidas.

En el año 2008, mediante el artículo 401 de la Constitución de la 
República, el Ecuador fue declarado como libre de cultivos y semillas 
transgénicas. Esta disposición constitucional obedeció a la demanda de 
cientos de organizaciones campesinas, consumidores, ecologistas, 
defensores del derecho animal, productores agroecológicos, operadores de 
la salud, entre otros, que consideramos que el Ecuador, siendo un país 
megadiverso y plurinacional, tiene un gran potencial para el desarrollo 
de una agricultura amigable con el ambiente, y respetuosa con los seres 
humanos, lo que no sucede con los cultivos transgénicos.

A pesar de esta norma constitucional, el IICA, en coordinación con el 
Ministerio del Ambiente y el PNUMA, financió una consultoría llamada 
“Regulaciones sectoriales o normas técnicas armonizadas para la gestión 
integral de organismos genéticamente modificados (OGM) en el Ecuador”.

Los objetivos de esta consultoría fueron identificar aspectos normativos 
claves y experiencias para desarrollar e implementar marcos regulatorios 
de bioseguridad para OGM, propendiendo a una homologación de normas con 
otros países donde hay millones de hectáreas cubiertas por cultivos 
transgénicos.

El resultado de la consultoría toma como ejemplo a Brasil, país donde 
existe 51,3 millones de hectáreas de soya, maíz y algodón transgénicos y 
que, por lo mismo, lo ha convertido en el primer consumidor de 
agrotóxicos del mundo (2). Esto ocurre porque las semillas transgénicas 
están diseñadas para ser vendidas con agrotóxicos, especialmente 
herbicidas, provocando impactos muy negativos a la salud y al ambiente, 
como lo demuestran los múltiples estudios realizados por científicos 
independientes en la región (3). Además, en Brasil, la expansión de 
estos cultivos transgénicos es la principal causa de los incendios 
forestales en la Amazonía y el Mato Grosso (4).

La mencionada consultoría propone una normativa, que podría convertirse 
en un decreto ejecutivo, que llama a aplicar sin ningún criterio el 
Protocolo de Cartagena, que regula el movimiento transfronterizo de los 
OGM, nuevamente olvidando que somos un país libre de transgénicos.

El Protocolo de Cartagena utiliza la evaluación de riesgos como el 
mecanismo para la toma de decisiones sobre si debe ingresar a un país, o 
no, un OGM.  Esta metodología ha sido seriamente cuestionada, 
especialmente cuando se la aplica a la ingeniería genética, pues trabaja 
con escenarios probables, que es la base para gestionar el riesgo; pero 
dados los grandes vacíos que existen en el entendimiento de los OGM, la 
efectividad de la evaluación del riesgo está limitada por estos propios 
vacíos, lo que crea grandes incertidumbres y debilita el poder 
predictivo que la ciencia cree tener. Con frecuencia, en la evaluación 
del riesgo se usan presunciones arbitrarias y preestablecidas y se hace 
extrapolaciones de condiciones parecidas, lo que no representa lo que 
ocurre en la naturaleza.

Más crítico aún es lo que ocurre en varios países en donde las 
autoridades nacionales en materia de bioseguridad toman sus decisiones 
basadas en el análisis de los estudios suministrados por las propias 
empresas, que realizan solicitudes para liberación comercial de cultivos 
y productos transgénicos. Así, se pierde independencia, objetividad y 
rigor científico que se requiere para las evaluaciones de riesgo. Es por 
ello por lo que buena parte de la comunidad científica ha cuestionado la 
metodología de evaluación de riesgos.

Hay que señalar, sin embargo, que el Artículo 2.4. del Protocolo de 
Cartagena dice que “Ninguna disposición del presente Protocolo se 
interpretará en un sentido que restrinja el derecho de una Parte a 
adoptar medidas más estrictas para proteger la conservación y la 
utilización sostenible de la diversidad biológica que las establecidas 
en el Protocolo”.

Lo que debería hacer una regulación sobre OGM en el Ecuador es 
establecer mecanismos para asegurar que el país permanezca libre de 
transgénicos, en observancia de la disposición constitucional. También 
abordar aspectos como desarrollar sistemas de monitoreo y vigilancia en 
todos los niveles para prevenir el ingreso de OGM al país, adoptar 
medidas de contingencia frente dichos ingresos ilegales y establecer 
mecanismos de responsabilidad frente a estos ingresos, incluyendo 
medidas de reparación integral.  La prohibición constitucional debe 
incluir también a los organismos resultantes de nuevas tecnologías 
moleculares como la edición génica.

Debido a la relevancia de estos principios constitucionales con relación 
a los OGM, el 18 de mayo de 2020 la Sala de Selección de la Corte 
Constitucional del Ecuador eligió la sentencia de Corte Constitucional 
de Quevedo (ratificada por los jueces de la Sala Multicompetente de la 
Corte Provincial de Justicia de Los Ríos el 16 de agosto 2019), para 
crear jurisprudencia vinculante que hace referencia a los riesgos de los 
cultivos transgénicos en el país puesto que violan el artículo 401 de la 
Constitución.

Debemos estar vigilantes y actuar para garantizar que el Ecuador siga 
siendo un país libre de libre de semillas y cultivos transgénicos.

*ACCIÓN ECOLÓGICA *
29 de agosto de 2021

*REFERENCIAS Y NOTAS:*

(1)    El IICA, institución perteneciente a la OEA, fue creada en 1942 
para -entre otros objetivos- incorporar “tecnologías agrícolas, la 
extensión y educación agrícola, la irrigación, electrificación y 
conservación de suelos”, pero desde sus primeros orígenes estuvo muy 
comprometido con las empresas. Es así como en mayo 2021, el IICA anunció 
la realización de un curso virtual sobre bioseguridad (a la que 
asistieron funcionarios ecuatorianos), dictada por la transnacional 
Bayer 
(https://iica.int/es/prensa/noticias/curso-virtual-de-bayer-en-plataforma-del-iica-contribuira-la-prevencion-de-plaga), 
líder mundial en la venta de semillas transgénicas y sus plaguicidas 
asociados. Es un típico ejemplo de Drácula regulando el funcionamiento 
del banco de sangre.
(2) 
  https://www.diarionorte.com/189027-brasil-es-el-mayor-consumidor-de-agrotoxicos-del-mundo
(3)    RALLT (2015). Un mal cabalga con el viento. Toxicidad y 
carcinogenicidad del glifosato. 
http://www.rallt.org/PUBLICACIONES/libro%20glifosato.pdf
(4)    Ver por ejemplo 
https://agroefogo.org.br/no-rastro-do-fogo-conflitos-territoriais/

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