Un regalo transgénico de Alianza País a los niños del Ecuador
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Vie Jun 2 13:37:45 PDT 2017
*Un regalo transgénico de Alianza País a los niños del Ecuador
<http://www.accionecologica.org/editoriales/2212-2017-06-02-20-33-47>*
*Viernes 02 de Junio de 2017 *
Este Día Universal del Niño, la Asamblea Nacional, al allanarse al veto
de Rafael Correa sobre el ingreso de semillas y cultivos transgénicos
con fines experimentales, “regaló” a los niños y niñas del Ecuador un
futuro de peligro, contaminación y dependencia alimentaria.
La evaluación de campo es un primer paso para la comercialización de
productos transgénicos. Esto implicarán miles de hectáreas cubiertas con
cultivos transgénicos en los que se utilizarán mayores cantidades de
agrotóxicos por su condición de resistencia a herbicidas.
Es conocido lo que ha pasado en países de nuestro continente donde se
han establecido cultivos transgénicos desde hace dos décadas: nacen
niños con malformaciones genéticas, con enfermedades autoinmunes, hay
índices muy altos de cáncer.
El barrio Ituzaingó, ubicado en el área periurbana de Córdova, en
Argentina, por estar rodeado de monocultivos de soya transgénica, ha
sido escenario de esta tragedia: niños que presentan agrotóxicos en su
sangre, muertes con tumores, altos índices de leucemia…. Las Madres del
barrio Ituzaingó demandan desde hace años al Estado que tome las medidas
necesarias para que se haga justicia.
No queremos eso para nuestro país, por eso repudiamos la decisión
tomada ayer por la Asamblea. Una decisión que, además, es
anticonstitucional.
Aun cuando la Constitución declaró al Ecuador Libre de Cultivos y
Semillas Transgénicas, ayer se decidió que
/Se permite el ingreso de semillas y cultivos transgénicos al territorio
nacional, únicamente para ser utilizados con fines investigativos./
Aquí hay una hay interpretación errónea del Art. 401, pues cuando dice
que el Estado “regulará la experimentación”, se refiere a la
biotecnología en general, que incluye una amplia gama de otras
tecnologías. Si se lee con atención el texto al que hace referencia el
veto, dice que se debe regular no sólo la experimentación sino también
“el uso y comercialización” de las nuevas biotecnologías y sus
productos. De ninguna manera el texto abre la posibilidad de permitir el
ingreso de cultivos y semillas transgénicas con fines de investigación
científica.
Además, nos preguntamos ¿para qué se quiere hacer experimentación con
semillas y cultivos transgénicos que están prohibidos por la Constitución?
El veto pasa por alto que el Art. 401 dice claramente que
/ Se prohíbe la aplicación de biotecnologías riesgosas o experimentales/
Nos preocupa sobremanera la experimentación con cultivos transgénicos,
porque ellos entrañan en sí mismos un peligro para la agrobiodiversidad,
que es el objetivo de la ley que está siendo vetada.
A más de esto, la Constitución establece de manera explícita y sin
excepciones que
/Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e
inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio
genético nacional/ (Art. 73).
El veto del ex Presidente también señala que
/ En caso de se requiera el ingreso para otros fines, se deberá seguir
el procedimiento establecido en la Constitución./
La Constitución no establece un procedimiento, sino una prohibición.
Lo que se pretende conseguir, entonces, es regular la excepción a la que
se refiere la Constitución, y no mantener la prohibición.
Al respecto, recordemos lo que dice el wikileak 10QUITO54, Ref: 09
ESTADO 122732:
La excepción presidencial contemplada en la Constitución fue añadida
solo como resultado del cabildeo de los influyentes agro-negocios del
Ecuador.
En esa línea, en el veto las sanciones se limitan al ingreso y uso
ilícito de transgénicos, aun cuando la Constitución declara al país
“/libre de semillas y cultivos transgénicos/”.
Los asambleístas que votaron por allanarse totalmente al veto a la ley
de semillas, tendrán que responder al país por las consecuencias que se
generen de la decisión que tomaron ayer.
Ver editorial completo en el siguiente link:
http://www.accionecologica.org/editoriales/2212-2017-06-02-20-33-47
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