Carta de FIDH a los candidatos sobre disolucion de organizaciones de la sociedad civil

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Vie Ene 20 14:50:25 PST 2017


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Carta de FIDH a los candidatos sobre disolucion de organizaciones de la 
sociedad civil 
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil>* 


*Viernes 20 de Enero de 2017 *

FIDH - International Federation for Human Rights 
<https://www.facebook.com/Human.Rights.Movement/> insta a los candidatos 
a la presidencia del Ecuador a comprometerse públicamente a derogar los 
Decretos no conformes al derecho internacional y que habilitan la 
disolución de organizaciones de la sociedad civil.

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pdfDescargar documento PDF 
<http://www.accionecologica.org/images/2005/accioneco/Ecuador_2017.01.19_Carta_Abierta.pdf>

París, Ginebra, 19 de enero de 2017

* Sres. Abdalá Bucaram, Iván Espinel, Guillermo Lasso, Paco Moncayo, 
Lenín Moreno, Washington Pesántez, Cynthia Viteri y Patricio Zuquilanda 
- Candidatos a la presidencia del Ecuador,*

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos 
(FIDH-OMCT), acoge con satisfacción la decisión tomada el 12 de enero 
por el gobierno del Ecuador de no disolver la ONG Acción Ecológica, 
organización miembro de la FIDH, e insta a todos los candidatos 
presidenciales a comprometerse públicamente a derogar los Decretos no 
conformes al derecho internacional y que habilitan la disolución de 
organizaciones de la sociedad civil.

  Recientemente, el gobierno ecuatoriano a través del Ministerio del 
Interior, decidió iniciar acciones para cerrar la ONG Acción Ecológica 
argumentando que las críticas hechas por esa organización al modelo 
extractivista del Estado afectaban la seguridad nacional así como la 
imagen del Ecuador ante la comunidad internacional.

  Afortunadamente, el cierre de la organización no tuvo lugar. Sin 
embargo resulta sumamente preocupante que los decretos que habilitan al 
Gobierno a disolver organizaciones permanezcan vigentes lo cual coloca a 
la sociedad civil en una situación extremadamente delicada y constituye 
una clara violación de los estándares internacionales de derechos 
humanos y, por lo tanto, de los compromisos internacionales del Ecuador, 
como lo son los artículos 21 y 22 del Pacto Internacional de Derechos 
Civiles y Políticos.

  Por ello, el Observatorio les insta a ustedes como candidatos a la 
presidencia del Ecuador, a incluir en su agenda y programa de gobierno 
la abrogación del Decreto Nº 16[1] 
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#_ftn1> 
del año 2013 y del Decreto 739 de 2015 que se utilizaron recientemente 
para solicitar la disolución de Acción Ecológica, así como para disolver 
a la Unión Nacional de Educadores (UNE) en agosto de 2016, para cerrar a 
la organización Pachamama en diciembre de 2013 y para amenazar con el 
cierre de FUNDAMEDIOS en 2015. Este marco normativo permite la 
disolución de organizaciones sociales, vulnerando los estándares de la 
Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACNUDH), en especial 
los derechos de libertad de asociación y libertad de expresión[2] 
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#_ftn2>.

  Concretamente, estos decretos ejecutivos son inconstitucionales, al 
vulnerar los artículos 132 y 133 de la Constitución ecuatoriana. 
Vulneran el principio de legalidad, pues las causales para disolver 
organizaciones son ambiguas y vagas; y vulneran el principio de Reserva 
de Ley que faculta solamente al Congreso, para emitir normas permanentes 
que restrinjan derechos fundamentales. Maina Kiai, Relator Especial de 
Naciones Unidas sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y 
de asociación ha señalado que “La suspensión y la disolución 
involuntarias son tal vez las sanciones más graves que las autoridades 
pueden imponer a una organización. Deben utilizarse únicamente cuando 
sean insuficientes otras medidas menos restrictivas, y deben regirse por 
los principios de proporcionalidad y necesidad”.

  Resulta preocupante que a través de procedimientos de esta índole se 
pueda seguir criminalizando la defensa de derechos humanos y los 
derechos vinculados a la naturaleza, tal como ha sucedido en el caso del 
cierre de la ONG Pachamama en 2013.

  El apoyo a las comunidades para la exigibilidad de sus derechos no 
puede considerarse un argumento para clausurar organizaciones, muy por 
el contrario, las organizaciones de defensa de derechos humanos son un 
pilar esencial para el fortalecimiento y consolidación de las 
Democracias y del Estado de Derecho.

  El Observatorio reitera su compromiso de vigilancia para velar por que 
ningún defensor o defensora de derechos humanos en el Ecuador sea 
perseguido o criminalizado por razones como las descritas y porque las 
organizaciones de la sociedad civil puedan llevar a cabo sus legítimas 
actividades sin represalias por parte de los poderes públicos del país.

  Sin otro particular, les saludamos atentamente.

*Sr. Dimitris Christopoulos, Presidente de la FIDH*

*Sr. Gerald Staberock, Secretario General de la Organización Mundial 
Contra la Tortura (OMCT)*

*El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos 
Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la FIDH y la 
Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y tiene por objetivo 
intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión 
contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. FIDH y OMCT 
son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión 
Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad 
civil internacional.*

Para más información, por favor, contacten con:

FIDH: Arthur Manet: + 33 1 43 55 25 18 / José Carlos Thissen: + 51 95 41 
31 650

OMCT: Miguel Martín Zumalacárregui: + 41 22 809 49 39


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[1] 
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#_ftnref1> 
Ver: CONAIE y ECUARUNARI pidieron agilidad en la demanda de 
inconstitucionalidad del Decreto 16.

Mayo de 2015. En: 
https://decreto16.com/2015/05/08/el-comercio-conaie-y-ecuarunari-pidieron-agilidad-en-lademanda-de-inconstitucionalidad-contra-el-decreto-16/#more-790 
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#more-790>

[2] 
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#_ftnref2> 
Comentario a la Declaración sobre el derecho y el deber de los 
individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los 
derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente 
reconocidos. Disponible en: 
http://www.hchr.org.co/publicaciones/libros/comentario_defensores.pdf

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