Carta de FIDH a los candidatos sobre disolucion de organizaciones de la sociedad civil
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Vie Ene 20 14:50:25 PST 2017
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Carta de FIDH a los candidatos sobre disolucion de organizaciones de la
sociedad civil
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil>*
*Viernes 20 de Enero de 2017 *
FIDH - International Federation for Human Rights
<https://www.facebook.com/Human.Rights.Movement/> insta a los candidatos
a la presidencia del Ecuador a comprometerse públicamente a derogar los
Decretos no conformes al derecho internacional y que habilitan la
disolución de organizaciones de la sociedad civil.
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<http://www.accionecologica.org/images/2005/accioneco/Ecuador_2017.01.19_Carta_Abierta.pdf>
París, Ginebra, 19 de enero de 2017
* Sres. Abdalá Bucaram, Iván Espinel, Guillermo Lasso, Paco Moncayo,
Lenín Moreno, Washington Pesántez, Cynthia Viteri y Patricio Zuquilanda
- Candidatos a la presidencia del Ecuador,*
El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos
(FIDH-OMCT), acoge con satisfacción la decisión tomada el 12 de enero
por el gobierno del Ecuador de no disolver la ONG Acción Ecológica,
organización miembro de la FIDH, e insta a todos los candidatos
presidenciales a comprometerse públicamente a derogar los Decretos no
conformes al derecho internacional y que habilitan la disolución de
organizaciones de la sociedad civil.
Recientemente, el gobierno ecuatoriano a través del Ministerio del
Interior, decidió iniciar acciones para cerrar la ONG Acción Ecológica
argumentando que las críticas hechas por esa organización al modelo
extractivista del Estado afectaban la seguridad nacional así como la
imagen del Ecuador ante la comunidad internacional.
Afortunadamente, el cierre de la organización no tuvo lugar. Sin
embargo resulta sumamente preocupante que los decretos que habilitan al
Gobierno a disolver organizaciones permanezcan vigentes lo cual coloca a
la sociedad civil en una situación extremadamente delicada y constituye
una clara violación de los estándares internacionales de derechos
humanos y, por lo tanto, de los compromisos internacionales del Ecuador,
como lo son los artículos 21 y 22 del Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos.
Por ello, el Observatorio les insta a ustedes como candidatos a la
presidencia del Ecuador, a incluir en su agenda y programa de gobierno
la abrogación del Decreto Nº 16[1]
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#_ftn1>
del año 2013 y del Decreto 739 de 2015 que se utilizaron recientemente
para solicitar la disolución de Acción Ecológica, así como para disolver
a la Unión Nacional de Educadores (UNE) en agosto de 2016, para cerrar a
la organización Pachamama en diciembre de 2013 y para amenazar con el
cierre de FUNDAMEDIOS en 2015. Este marco normativo permite la
disolución de organizaciones sociales, vulnerando los estándares de la
Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos (OACNUDH), en especial
los derechos de libertad de asociación y libertad de expresión[2]
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#_ftn2>.
Concretamente, estos decretos ejecutivos son inconstitucionales, al
vulnerar los artículos 132 y 133 de la Constitución ecuatoriana.
Vulneran el principio de legalidad, pues las causales para disolver
organizaciones son ambiguas y vagas; y vulneran el principio de Reserva
de Ley que faculta solamente al Congreso, para emitir normas permanentes
que restrinjan derechos fundamentales. Maina Kiai, Relator Especial de
Naciones Unidas sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y
de asociación ha señalado que “La suspensión y la disolución
involuntarias son tal vez las sanciones más graves que las autoridades
pueden imponer a una organización. Deben utilizarse únicamente cuando
sean insuficientes otras medidas menos restrictivas, y deben regirse por
los principios de proporcionalidad y necesidad”.
Resulta preocupante que a través de procedimientos de esta índole se
pueda seguir criminalizando la defensa de derechos humanos y los
derechos vinculados a la naturaleza, tal como ha sucedido en el caso del
cierre de la ONG Pachamama en 2013.
El apoyo a las comunidades para la exigibilidad de sus derechos no
puede considerarse un argumento para clausurar organizaciones, muy por
el contrario, las organizaciones de defensa de derechos humanos son un
pilar esencial para el fortalecimiento y consolidación de las
Democracias y del Estado de Derecho.
El Observatorio reitera su compromiso de vigilancia para velar por que
ningún defensor o defensora de derechos humanos en el Ecuador sea
perseguido o criminalizado por razones como las descritas y porque las
organizaciones de la sociedad civil puedan llevar a cabo sus legítimas
actividades sin represalias por parte de los poderes públicos del país.
Sin otro particular, les saludamos atentamente.
*Sr. Dimitris Christopoulos, Presidente de la FIDH*
*Sr. Gerald Staberock, Secretario General de la Organización Mundial
Contra la Tortura (OMCT)*
*El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos
Humanos (el Observatorio) es un programa creado en 1997 por la FIDH y la
Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y tiene por objetivo
intervenir para prevenir o remediar situaciones concretas de represión
contra los defensores y defensoras de los derechos humanos. FIDH y OMCT
son ambos miembros de ProtectDefenders.eu, el Mecanismo de la Unión
Europea para Defensores de Derechos Humanos implementado por sociedad
civil internacional.*
Para más información, por favor, contacten con:
FIDH: Arthur Manet: + 33 1 43 55 25 18 / José Carlos Thissen: + 51 95 41
31 650
OMCT: Miguel Martín Zumalacárregui: + 41 22 809 49 39
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[1]
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#_ftnref1>
Ver: CONAIE y ECUARUNARI pidieron agilidad en la demanda de
inconstitucionalidad del Decreto 16.
Mayo de 2015. En:
https://decreto16.com/2015/05/08/el-comercio-conaie-y-ecuarunari-pidieron-agilidad-en-lademanda-de-inconstitucionalidad-contra-el-decreto-16/#more-790
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#more-790>
[2]
<http://www.accionecologica.org/component/content/article/2173-carta-de-fidh-a-los-candidatos-sobre-disolucion-de-organizaciones-de-la-sociedad-civil#_ftnref2>
Comentario a la Declaración sobre el derecho y el deber de los
individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los
derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente
reconocidos. Disponible en:
http://www.hchr.org.co/publicaciones/libros/comentario_defensores.pdf
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